Juntos podemos hacer más!

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unamos fuerzas

Todos los días trabajamos junto con nuestros socios corporativos para crear proyectos con un alto impacto social. La comunicación social dirigida también puede crear valor para las partes interesadas y aumentar la reputación y la transparencia de la empresa.

¿Qué podemos hacer juntos?

Patrocinio de un proyecto

Conviértase en patrocinador de nuestro próximo proyecto y ayude a mejorar el acceso a la salud para miles de personas en países de bajos y medianos ingresos.

Beneficios fiscales

Para las empresas y entidades sujetas a IRES, las donaciones a organizaciones del tercer sector son:

  • Las donaciones en efectivo por un monto que no exceda el 10% del ingreso total declarado (Artículo 83, párrafo 2 del Decreto Legislativo 3 de julio de 2017, No. 117) se pueden deducir del ingreso neto total y cualquier exceso se puede calcular en aumento en el monto deducible de la renta total en períodos impositivos posteriores, pero no más allá del trimestre, hasta su monto.
  • Las donaciones en efectivo por un monto que no exceda los 30.000 euros o el 2% de los ingresos comerciales declarados son deducibles de los ingresos (artículo 100, párrafo 2, letra h del Decreto Presidencial 917/86).

Si la deducción es mayor que el total de los ingresos declarados, menos todas las deducciones, el exceso se puede calcular como un aumento en la cantidad
deducible de la renta total en períodos impositivos posteriores, pero no más allá del trimestre, hasta su monto.

siempre trabajamos
con transparencia y buenas prácticas

Trabajamos siempre con transparencia y buenas prácticas